Materias No Conciliables
Casos que NO se atienden en Conciliación Civil
- • Derecho de propiedad y posesión (requiere declaración judicial).
- • Rescisión (debe ser declarada judicialmente).
- • La accesión (requiere pronunciamiento de un juez).
- • Rendición de cuentas (derecho permanente y no negociable).
- • Reconocimiento de acreencia preferente (es potestad del órgano judicial).
- • Administración judicial de bienes.
- • Laudo arbitral (es definitivo, inapelable y no conciliable).
- • Deslinde de tierras de comunidades campesinas.
- • Contrato de arrendamiento: suscripción inicial (no conciliable).
- • Prueba anticipada (se tramita judicialmente).
Casos que NO se atienden en Conciliación Familiar
- • Casos de violencia familiar.
- • Casos con sentencia judicial firme.
- • Alimentos de mayores de edad (hasta 28 años en ciertos casos universitarios).
- • Régimen de patria potestad (es derecho de los padres, no conciliable).
- • Anticipo de herencia.
- • Donaciones.
- • Voluntad de cada persona (no procede si es derecho natural).
- • Extinción de exoneración de alimentos.
- • Pago de devengados (es posterior a sentencia).
- • Autorización de viaje de menores.
- • Constitución del patrimonio familiar.
- • Prorrateo de pensión de alimentos.
- • Anulación de partidas (nacimiento, matrimonio, etc.).
- • Reconocimiento de paternidad.